Volverán los (salones) Arcade

Para hablar de esos juegos de las recreativas que tanto nos gustaban
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TobiSham
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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor TobiSham » 06 Jul 2015, 16:45

Lord British escribió:Por lo que veo si estan registrados como asociacion, pero si meten monedas y ademas tienes que pagar por pertenecer al club y los que no pertenecen al club pagan, se que es una forma para cubrir el mantenimiento de las maquinas y de la asociacion, pero cobran.

Alguien que sea de dicho club que seguro que hay alguno en este foro que lo explique.


Los socios pagan mensualmente, y los no socios tienen una entrada de 10€ y pasan la tarde. Jugar dentro es gratis, claro.

Pero esto de los recres no va a volver, la juventud actual es otra donde lo único que les importa es el móvil y las redes sociales. A Petrel va gente, digámoslo, mayor. Internet y las posibilidades del videojuego en casa terminan de rematarlo. En el fondo somos pocos.

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falvarez
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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor falvarez » 06 Jul 2015, 16:50

STAR escribió:
Lord British escribió:Los videojuegos ya no pagan impuestos en españa, tu puedes poner una maquina en cualquier sitio y ya no necesitan la autorizacion de hacienda, por eso en España seria un exito si alguien se decidiera a montar un arcade bar, ya no necesitan ninfuna autorizacion, eso si las ganancias que obtuvieras deberia declararlas como las cervezas o cubatas que vendiera. se de personas que estan dejando su maquinas de juegoss en bares, para amortizar el dinero gastado de alguna forma.


Se hace la ley, se hace la trampa y, de nuevo, se hace la ley. :(

...


El dueño de los recreativos donde compré la mía, allá por 2005, me comentó aquel momento que lo que les hacía mucha pupa era la legislación. De hecho, su padre empezó el negocio con futbolines y ping-pong y había vuelto a eso, mientras se desprendía de todos los muebles arcade.

Está claro que las consolas domésticas, los ordenadores y el "MAME" habrán podido tener su parte de responsabilidad, pero no creo que la gente tenga sitio en su casa para pinballs, futbolines, billares, etc. Yo sigo echando de menos poder jugar un buen pinball de vez en cuando, pero no tengo dónde.

Creo que es un caso más en los que el "exceso" de legislación acabó (o ayudó a acabar) con el negocio.

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Lord British
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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor Lord British » 06 Jul 2015, 21:26

Creo que no os enterais, para las maquina arcades ya no hace falta ninguna licencia, creo que eso cambio hace un par de años. ninguna!!!!. Antes incluso para moverlas de un local a otro se necesitaba la autorizacion de hacienda y tenias que decir donde estaba la maquina si no la dabas de baja.


Ahora ya no, no se necesita ninguna licencia, ni hace falta ninguna autorizacion para que un menor juegue en arcades, incluso puedes moverla de un local a otro sin ninguna autorizacion administrativa de por medio, las arcades y los pinball. ambas ya no son rentables para hacienda. Otra cosa es que se pusieran de nuevo en auge y hacienda quisiera meter de nuevo mano al pastel, pero ahora no necesitan ninguna licencia.

-- 06 Jul 2015, 21:29 --

Si yo tuviese varias maquinas arcades o pinball y decidiera dejarlos a bares y llevarme parte de la recaudacion, no necesito nada, hombre si lo hago en plan profesional, me tendria que dar de alta como empresa y como tal declarar los ingresos. Pero solamente eso. Como justifica un bar las cervezas que vende, o un frutero la fruta que vende, o cualquier empresarios sus ingresos?????? Qualquiera puede engañar en sus ingresos.

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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor STAR » 07 Jul 2015, 02:07

Lord British escribió:Creo que no os enterais, para las maquina arcades ya no hace falta ninguna licencia, creo que eso cambio hace un par de años. ninguna!!!!. Antes incluso para moverlas de un local a otro se necesitaba la autorizacion de hacienda y tenias que decir donde estaba la maquina si no la dabas de baja.

Ahora ya no, no se necesita ninguna licencia, ni hace falta ninguna autorizacion para que un menor juegue en arcades, incluso puedes moverla de un local a otro sin ninguna autorizacion administrativa de por medio, las arcades y los pinball. ambas ya no son rentables para hacienda. Otra cosa es que se pusieran de nuevo en auge y hacienda quisiera meter de nuevo mano al pastel, pero ahora no necesitan ninguna licencia.


No.

Si tú pones una máquina recreativa en un local público y la gente paga para jugar -lo que sería meter los cinco duros de toda la vida- necesitas una licencia de explotación de esa máquina por parte del Ministerio de Industria. La licencia de explotación es como el DNI de la máquina, el papelito con sello oficial que se coloca en el lateral. El número de licencias es limitado y para que se admita una máquina ha de ocupar "el DNI" de otra. Otra cosa es que tú pongas una recre en tu bar y la gente juegue gratis, que no ganes dinero con ella. Si en tu bar solo tienes máquinas recreativas no tragaperras dependerá de la CCAA para que se considere si esas máquinas son de tipo A o son de tipo B, del tipo de licencia de explotación que necesites y de lo que convenga según el Ministerio de Industria, no Hacienda. Sin embargo sí es verdad que si pones una recreativa de demostración o exposición no la has de dar de alta, aunque si pones cinco igual sí que llama la atención y no cuela tanto que sean de exposición, eh.

Lo de los menores, como dije, es porque se juntaron términos en relación a lo que se consideraba 'máquina para usos recreativos' que incluía las tragaperras, que por su vertiente de obtención de recompensas se considera dentro de la categoría de sorteos, juegos y recompensas, un menor no puede jugar a tragaperras -tampoco al bingo- de la misma manera que legalmente no puede comprar tabaco o comprar/consumir bebidas alcohólicas y como medida de protección tampoco puede entrar en un local donde se ofrezcan esos servicios si el local está registrado para tal actividad.


Si yo tuviese varias maquinas arcades o pinball y decidiera dejarlos a bares y llevarme parte de la recaudacion, no necesito nada, hombre si lo hago en plan profesional, me tendria que dar de alta como empresa y como tal declarar los ingresos. Pero solamente eso. Como justifica un bar las cervezas que vende, o un frutero la fruta que vende, o cualquier empresarios sus ingresos?????? Qualquiera puede engañar en sus ingresos.


... pero no puedes tener un bar o una frutería sin informar a Hacienda que tienes un bar o una frutería. Es como si tienes un taxi, que quizá sí puedes manipular las carreras que haces pero ahí tienes tu licencia de taxista sí o sí tanto para mostrar tu actividad profesional como para que esa competa en protecciones peregrinas como que si un cliente se pilla el dedo con la puerta haya sido en un entorno legalmente protegido. Aquí en TGN pasó hace años que un tío que alquilaba máquinas expendedoras de bebidas en centros de trabajo tuvo la mala pata que un currito pretendiendo sacar una bebida sacudiendo la máquina se le cayó encima y como no tenía dada de alta el negocio al de las expendedoras le cayó la del pulpo. Si tú tienes una recre sin licencia y a un jugador le da por pegarle un puñetazo a la pantalla, por pillársele el dedo el cajetín de las monedas, si le da la venada que se ha tragado más dinero del que corresponde, si resbala y se da con los piños con el bezel o cualquier otra locura si no estás dado de alta y convenientemente protegido te van a arruinar la vida. Y lo mismo si el dueño del local recibe una inspección y encuentran tus máquinas allí o si no declara bien los ingresos o si te pide facturas.

Siendo estrictamente legales, a parte del follón de papeles, lo importante es que el negocio fuera rendible y rentable no solo por el número de clientes y consumiciones sino también, y sobre todo, por el total de facturación que necesitarías para que cada partida de 50 céntimos o 1 euro te diera para licencias/alquiler/compra, impuestos, consumo y mantenimiento de las máquinas.

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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor gamer80 » 07 Jul 2015, 13:48

Montar cualquier negocio en España es una cruz, poner un inocente Pacman te podría llevar a la cárcel, pero si hay que pagar hasta por oir la radio ](*,) luego está la cara B, muchos dueños de locales han retirado las tragaperras porque se las desvalijaban los cacos por la noche, amigos, aquí no estamos en Las Vegas :mrgreen:
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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor GXY » 07 Jul 2015, 17:12

en otro foro (EOL) se estuvo discutiendo el tema de las licencias hace poco tiempo. pongo un muy buen resumen que hizo alli el compañero "dremcast". cito:

dremcast escribió:A pesar de que la Directiva 2006/123/CE entró en vigor el 28 de diciembre de 2006 y disponía un plazo de transposición de tres años (que finalizó pues el 28 de diciembre de 2009) para los estados miembros, hay aún comunidades autónomas que no han recogido dicha directiva en la regulación regional (estas competencias están transferidas).

A principios de 2014, el estado de la aplicación de la Directiva por comunidades autónomas en lo referente a las máquinas de tipo “A” es como sigue:

◦Andalucía: no se consideran recreativas desde la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos de 2014 de la Comunidad Autónoma (disposición final octava), estando pues liberalizadas.
◦Aragón: modificó la definición de recreativas para adecuarla a la Directiva en su Boletín Oficial, sometiendo además a información pública el borrador del nuevo Reglamento de máquinas de juego (aún sin fecha de aprobación), que desregulariza completamente las de tipo “A”.
◦Asturias: liberalizadas en los Presupuestos de 2013.
◦Baleares: desregularizadas en el Decreto 77/2012, de 21 de septiembre.
◦Canarias: la Ley 8/2010, de 15 de julio, eliminó la necesidad de autorización previa para las máquinas arcade, pero no su declaración responsable, identificación ni localización, contraviniendo la Directiva.
◦Cantabria: completamente liberalizadas en el Decreto 147/2010, de 2 de julio.
◦Castilla-La Mancha: desregularizadas en el Decreto 85/2013, de 23 de octubre.
◦Castilla y León: liberalizadas en el Decreto 60/2011, de 6 de octubre.
◦Cataluña: aunque el Decreto 56/2010, de 4 de mayo, eliminó la necesidad de homologar y obtener permiso para explotar las máquinas de tipo “A”, se mantuvo la obligación de comunicar al Registro, así como las limitaciones al número de máquinas por local, etc.
◦Comunidad Valenciana: liberalizadas en el Decreto Ley 4/2013, de 2 de agosto.
◦Extremadura: desregularizadas en el Decreto 147/2010, de 2 de julio
◦Galicia: liberalizadas en el Decreto 147/2013, de 19 de septiembre, aunque quedaron vigentes algunos procedimientos y limitaciones que se eliminaron en la Ley 6/2014, de 26 de junio.
◦Madrid: el Decreto 73/2009, de 30 de julio, eliminó la obligación de homologar e inscribir las máquinas de tipo “A”, así como de obtener una autorización para su explotación, pero se sigue limitando el número de máquinas por local.
◦Murcia: existe un anteproyecto de ley para liberalizar las máquinas arcade, aún sin fecha de aprobación.
◦Navarra: completamente desregularizadas por el Decreto Foral 37/2013, de 5 de junio.
◦País Vasco: liberalizadas con la Ley 7/2012, de 23 de abril.
◦La Rioja: el Decreto 25/2010, de 30 de abril, modificó el reglamento de máquinas de juego de la comunidad, aprobado por el Decreto 64/2005, de 4 de noviembre, excluyendo completamente las máquinas arcade.

En resumen, es posible colocar una máquina que funcione a monedas en un local público sin ningún tipo de trámite en: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Navarra, País Vasco y La Rioja. En Madrid pueden colocarse máximo dos máquinas por local (o diez si está declarado como local de recreativas).


basicamente: en practicamente todo el pais las maquinas arcade estan desregularizadas/liberalizadas y en donde no lo estan completamente los requisitos son minimos y el pago de impuestos, inexistente (ojo, por tenerla). luego, por explotarla, hay que declarar los ingresos y se pagara en base a estos como ocurre con cualquier otro ingreso.

y esto es lo unico que se verifica por parte de inspectores hoy dia, es decir, un par de tecnicismos legales a nivel licencias y en muchas regiones ni eso.

en ese sentido, si, es completamente legal ponerte una maquina en donde quieras, y cobrar por ella (explotacion, y lucro) o no cobrar (no hay explotacion, pero si "lucro"). yo esto nunca lo he negado.

mi pero es con respecto a los derechos adquiridos sobre la licencia original con respecto al poseedor de la propiedad intelectual (en otras palabras, la casa de software que hizo el juego: capcom, sega, nintendo, konami, SNK, etc) y, si se trata de una maquina basada en emulacion, la licencia de uso de dicho emulador, la cual, que yo sepa, practicamente todas desautorizan expresamente el uso comercial del emulador, incluida la maquina instalada y puesta al publico sin cobrar, ya que el mero hecho de poder atraer potenciales clientes hacia el local ya se considera lucro.

que esto no se esta persiguiendo? cierto. igual que no se persigue a todos los que tienen juegos pirateados o consolas hackeadas en casa. con la diferencia de que normalmente estas no les pones un monedero (o una taquilla) a la entrada, o las pones en una esquina de un bareto (ha habido casos con consolas, pero escasos).

de hecho un detalle: no os habeis fijado en que a nadie se le ha ocurrido la brillante idea de montar un chiringuito con un PC con oculus dentro, y cobrar por el viaje? vale. pues leeros el EULA del oculus y averiguareis porque "a nadie se le ha ocurrido la brillante idea" :santo:
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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor explorer » 07 Jul 2015, 17:18

Edito: No sé si esta ley es la que está en vigor o no.

Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar. (actualizado a 02/03/2001)

Artículo 4. Definiciones y régimen.
1. Son máquinas de tipo «A» o recreativas todas aquellas de mero pasatiempo o recreo que se limitan a conceder al usuario un tiempo de uso o de juego a cambio del precio de la partida, sin que puedan conceder ningún tipo de premio en metálico, en especie o en forma de puntos canjeables por objetos o dinero.

Artículo 14. Dispositivos de seguridad.
1. Las máquinas de tipo «B» y «C» incorporarán los siguientes dispositivos de seguridad:
e) Los que aseguren el anclaje de este tipo de máquinas, bien al suelo o bien a la pared, de tal forma que no puedan moverse, inclinarse o desplomarse sin quitar dicho anclaje.
Este dispositivo será exigible, asimismo, en las máquinas «A» cuando por razón de su forma y tamaño, sea necesario para garantizar la integridad física de cualquier manipulador o usuario.

Artículo 28. Fianzas.
2. La cuantía de las fianzas a prestar por las empresas para su inclusión en el Registro respectivo será la siguiente:
a) 1.000.000 de pesetas para los fabricantes y comercializadores de máquinas tipo «A».
c) 500.000 pesetas para las empresas operadoras de máquinas de tipo «A» o de salones recreativos.

Artículo 33. Instalación de máquinas de tipo «A».
1. Las máquinas de tipo «A» podrán instalarse para su explotación comercial en los siguientes locales:
a) En los bares, cafeterías, establecimientos de restauración y establecimientos hosteleros.
b) En los locales habilitados al efecto en centros hoteleros, «campings», buques de pasaje, parque de atracciones, recintos feriales o similares.
c) En los salones recreativos y salones de juego, así como en centros de ocio familiar, salas de bingo y casinos.

Artículo 34. Instalación de máquinas de tipo «B».
1. Sólo podrá autorizarse la instalación de máquinas de tipo «B»:
a) En los locales y dependencias destinados a la actividad pública de bar o cafetería, sujetos al Impuesto sobre Actividades Económicas como tales.

Artículo 36. Número máximo de máquinas a explotar.
1. El número máximo de máquinas a explotar será:
a) Dos máquinas de tipo «A» en los locales a que se refiere el artículo 33.a).
b) Seis máquinas de tipo «A» en los locales a que se refiere el artículo 33.b).
c) El número de máquinas de tipo «A» o «B» en cada caso autorizado en los salones recreativos o de juego.
d) Dos máquinas recreativas de las incluidas en el presente Reglamento, sean éstas de tipo «B» o de tipo «A», en los locales a que se refiere el apartado 1.a) del artículo 34.

No obstante lo anterior, los Ayuntamientos podrán ordenar la retirada de las máquinas de un local o su colocación en sitio diferente en función de las condiciones de seguridad e higiene de dicho local.

Artículo 38. Clases de salones.
1. Se entiende por salón, a los efectos de este Reglamento el establecimiento destinado a la explotación de máquinas recreativas de los tipos «A» o «B».
2. A efectos de su régimen jurídico, los salones se ajustarán a la siguiente clasificación, por el tipo de las máquinas instaladas en los mismos:
a) Salones de tipo «A» o recreativos.
3. Los salones de tipo «A» son aquellos de mero entretenimiento o recreo, que se dedican a la explotación de máquinas recreativas sin premio, de tipo «A». Dichos salones, en ningún caso, podrán tener instaladas máquinas de tipo «B».

Artículo 46. Fianzas.
1. Las empresas operadoras de máquinas de tipo «B» vendrán obligadas a constituir en la Caja General de Depósitos una fianza adicional a la prevista en el artículo 28.2, y con sujeción a las demás normas del mismo precepto, por el importe que resulte de la aplicación de la escala siguiente, cuya cuantía deberá mantenerse actualizada, según las autorizaciones de explotación que tuvieran vigentes:
Hasta 50 máquinas: 5.000.000 de pesetas.
Hasta 100 máquinas: 10.000.000 de pesetas.
Hasta 300 máquinas: 30.000.000 de pesetas.
Hasta 1.000 máquinas: 100.000.000 de pesetas.
Más de 1.000 máquinas: 10.000.000 de pesetas adicionales por cada 100 máquinas o fracción.
2. La fianza a que se refiere el apartado anterior se duplicará para el caso de las empresas operadoras de máquinas de tipo «C» y se reducirá al 20 por 100 en el caso de las empresas operadoras de máquinas de tipo «A».

Artículo 60. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves, las tipificadas en el artículo 2 de la Ley 34/1987, y, especialmente, las siguientes:
4. Funcionamiento.
e) Utilizar las máquinas recreativas de tipo «A» como motivo o instrumento para la realización de apuestas o juegos de azar.

Artículo 63. Infracciones relativas a máquinas de tipo «A».
Sin perjuicio de la inclusión a todos los efectos de las máquinas de tipo «A» en este Reglamento, las infracciones que con ellas se puedan cometer, salvo las referentes a su transformación fraudulenta en máquinas de otro tipo, a su autorización como motivo o instrumento para la realización de apuestas o juegos de azar y al número máximo de máquinas por local, serán sancionadas de acuerdo con criterios que tengan en cuenta la menor transcendencia social de aquéllas.

Artículo 64. Sanciones.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 34/1987, las infracciones de lo dispuesto en el presente Reglamento podrán ser sancionadas:
a) Las leves, con multa de hasta 500.000 pesetas.
b) Las graves, con multa de hasta 5.000.000 de pesetas.
c) Las muy graves, con multas de hasta 100.000.000 de pesetas y, además, con:
1.º Suspensión temporal o revocación de la autorización contenida en el Boletín de Situación o de la inscripción en el correspondiente Registro.
2.º Cierre temporal o definitivo del local donde se juegue.
3.º Inhabilitación temporal o definitiva del local para actividades de juego.

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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor 6128 » 07 Jul 2015, 17:49

Me parece que esa ley está obsoleta. Y más teniendo en cuenta lo que comenta el compañero respecto a cada comunidad autónoma. Al menos para las máquinas arcade pues para las máquinas tragaperras si que se aplica.

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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor Lord British » 07 Jul 2015, 21:59

La ley que pones esta obsoleta y normarmente no me estoy refiriendo a maquinas con mame, me refiero a arcades originales, hay no te pueden decir nada porque tu comprabas la maquina y es de tu propiedad y la puedes explotar... bueno mas bien comprabas las placas. Sobre estos juegos los que los crearon no se llevaba nada de lo que se recaudaba, porque ellos las vendian con ese fin. Igual pasa con los pinball.

Como podeis ver podeis poner maquinas arcades originales y pinball y no podran deciros nada, no hace falta autorizacion, ecepto si las vas a explotar para beneficio, que tendras que declararte como empresa. si las maquinas son tuyas y tienes el bar y las pones en el tendras que declarar lo recaudado, como declaras los cubatas, cocacolas o cervezas que vendes.

Y si montas un salon donde no se sirva alcohol, pueden jugar menores, por ejemplo un salon recreativo de toda la vida

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Re: Volverán los (salones) Arcade

Mensajepor explorer » 08 Jul 2015, 16:28

GXY escribió:ya que el mero hecho de poder atraer potenciales clientes hacia el local ya se considera lucro.

Esa es también la razón por la cual no se puede jugar al póquer en los bares de Castilla y León, aun cuando no haya dinero por medio: el dueño del bar se "lucra" por las consumiciones de los jugadores.

Una victoria de la mafia (3ª acepción) de los casinos de CyL, aunque exista normativa Europea y estatal que sí lo permita.


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